Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda, intentada por la C.A. CENTRAL BANCO UNIVERSAL, por intermedio de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicios: JOSE GREGORIO CESTARI PAUL y CARLOS ALFREDO PEREZ TERAN, Inpreabogado Nros. 66.111 y 58.510, contra la SOCIEDAD MERCANTIL MULTIFILTROS YACAMBU, C.A. en su carácter de OBLIGADA PRINCIPAL, en la persona de la ciudadana: JENNY JOSEFINA ARRIECHE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° 7.351.970, y de este domicilio, actuando como Director General y la EMPRESA: MULTICORREAS Y MANGUERAS VENEZUELA C.A., EN SU CONDICIÓN DE AVALISTA Y FIADOR SOLIDARIO Y PRINCIPAL PAGADOR, en la persona de la ciudadana: AURELIS MARIA TIMAURE VARGAS, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° 11.599.613, y de este domicilio, actuando como ADM.....