Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda, intentada por la ciudadana: MARIA RODRIGUEZ DE ESTANGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.950.083, en contra de los ciudadanos: VIRGINIA MARGARITA HERNANDEZ SEIJAS y HECTOR ERNESTO SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.001.362 y V-4.444.851 respectivamente, por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA Y DAÑOS Y PERJUICIOS.- En consecuencia, se declara, PRIMERO: Resuelto el Contrato de Opción de Compra-Venta suscrito entre la actora MARIA RODRIGUEZ DE ESTANGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cedula de Identidad Nº 3.950.083, con los accionados, ciudadanos: VIRGINIA MARGARITA HERNANDEZ .....