Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la prescripción alegada por el Defensor Especial Segundo Agrario, Abg. HILDEMAR TORRES GARCÍA representante de la parte demandada. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES intentada por el ciudadano KEIDER JOHAN GUTIERREZ SIVIRA, en contra del ciudadano JHONNY DURAN antes identificados, en consecuencia se condena al demandado el pago de la cantidad de TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 31.685,00), así como los intereses por mora causados desde la fecha 19 de octubre del 2007 hasta la fecha de la realización de la experticia complementaria, asimismo se ordena la indexación al monto condenado, mediante la realización de una experticia complementaria en la cual el experto o experta, tomarán en consideración .....