En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de SERVIDUMBRE DE PASO intentada por los ciudadanos MARIELA BEATRIZ CASTAÑEDA ARRIECHE Y TEODORO ANTONIO PEÑA, antes identificada, en contra del ciudadano PASTOR PEÑA, ya identificado. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.