En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA justo título de propiedad salvo mejor derecho de terceros a favor del ciudadano ROBERT JOSE BARRIOS OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:10.144.887, sobre unas bienhechurías fomentadas en un lote de terreno que en decir del solicitante son propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi), ubicado en el Sector Torrellero Agrícola, Parroquia Gustavo Vegas León, Municipio Simón Planas del Estado Lara, el cual tiene una superficie de CINCO HECTAREAS CON SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS (5 HA CON 7.883 M.....