Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: SIN LUGAR la solicitud de Medida de Aseguramiento a la Continuidad de la Producción, realizada por la ciudadana YESENIA EMPERATRIZ PÉREZ MAMBEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 18.263.668, debidamente asistida por la Defensora Pública Agraria, Abogada MARÍA GABRIELA ESPINOZA TORRES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 148.660.-