Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, administrando Justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por el ciudadano LUIS GERARDO OROPEZA RIVEROS, antes identificado, contra los ciudadanos JUAN DOMÍNGUEZ ARREAZA y JOSÉ ALBERTO SANDÍA, ya identificados. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.