DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Demanda por ACCIÒN POSESORIA AGRARIA, presentada por el Ciudadano ALEX GREGORIO PEROZO COLINA, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.667.067 en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO TORRELLAS LEAL, titular de la Cédula de Identidad, Nº 18.654.727.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la Naturaleza de la materia agraria.