En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA justo título de propiedad a favor del Ciudadano: JOSE ANTONIO MOSQUERA RIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.500.722, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías constituidas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi), que mide QUINCE HECTAREAS CON CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (15 Ha con 4795 Mts.2) ubicado en el sector el Molino, carretera principal el Molino-Mamonal, Parroquia Buria, Municipio Simón Planas del estado Lara, dentro de los siguientes linderos: NORTE.....