DECISION:
En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara. PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa de Defecto de Forma alegada por codemandados de autos, ciudadanos ERNESTO NELO y EVA RONDÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.319.848 y 7.393.650, el primero como representante del Consejo Comunal Mauricio de González y la última como representante del Consejo Comunal Los Próceres; asistidos debidamente por el Abogado GABRIEL ULLOA GÓMEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 199.741, en consecuencia, se le concede a la parte demandante un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente decisión, para que subsane el defecto de forma de la demanda, relativo a la indicación de los datos de creación y registro de los Consejos Comunales, conforme a lo establecido en el artículo 208 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agr.....