Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara competente para conocer el presente procedimiento de solicitud de Ejecución de Hipoteca. SEGUNDO: Se fija el tercer día de despacho siguiente a las 11:00 de la mañana, una vez conste en autos la notificación de las partes, para la designación de Perito.