DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Freddy Rodríguez Rodríguez en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Hipólito Prieto Morales y Gloria Esther González de Prieto. SE CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia objeto de apelación. En consecuencia el derecho a cobrar honorarios profesionales al Abogado José Gregorio Ocanto y la obligación de los ciudadanos Hipólito Prieto Morales y Gloria Esther González de Prieto, de pagarlos previo el ejercicio del derecho de retasa.
El Juez de la causa, una vez firme la sentencia fijará la oportunidad para el nombramiento de los Jueces Retasadores.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.