En virtud de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la apelación intentada por la Apoderada judicial de los terceros garantes hipotecarios, abogado Norma Guillermina Salinas de Guerrero. En consecuencia se decreta la NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2.005 y se REPONE la causa al estado de la notificación de las partes, por el abocamiento del Juez y luego de que conste en autos dicho acto de comunicación procesal, deje transcurrir los lapsos correspondientes para que las mismas ejerzan el derecho a la defensa, en los términos expuestos en este fallo. En cuanto a la apelación ejercida por el apoderado judicial de la deudora principal Abogado Rafael Guerrero Salinas, este Tribunal considera que la misma a quedado resuelta por la anulación de la Sentencia.