DECISION
Este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Actuando en Sede Constitucional DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Amparo Constitucional debido a la violación de los derechos Constitucionales establecidos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativos al incumplimiento del debido proceso y por ende, del derecho a la defensa, en concordancia con el artículo 17, ordinal 5 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, se ordena la inmediata restitución del bien que fue objeto de entrega material, a los ciudadanos GIOVANNI DE LEO LICCARDI y ELIZABETH DE LEO LICCARDI, esta última en su carácter de Directora Gerente de la Sociedad Mercantil Agregados De Leo Adelca C.A., asistidos por la Abogada en ejercicio la Abogada MARIALY COLMENAREZ. En consecuencia, se ordena librar oficios: al Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Po.....