Se declaró CON LUGAR la rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el acta de Matrimonio el nombre de la solicitante como: "BLANCA MARIA DUARTE"; quedando sin efecto "BLANCA MARGARITA DUARTE" y ordenando al Jefe Civil antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en dicha acta de Matrimonio.