este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a LAURA ROSARIO JIMENEZ viuda de JACOBO, LARRISA ANDREINA JACOBO JIMENEZ, YAMIL EDUARDO JACOBO JIMENEZ Y RICARDO ANDRES JACOBO JIMENEZ, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto YAMIL NATALA JACOBO MENDEZ.