este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, intentada por la ciudadana LIZ CAROLINA BAEZ YUSTIZ mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-10.777.068, debidamente asistida por el Abogado HECTOR HERNANDEZ PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.699, contra el ciudadano MAURICIO SACCHINI ZECHINI, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.638.479, debidamente asistido por los Abogados CHRISTIAN PEÑA Y EDGAR ALEXANDER MEDINA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 54.478 y 173.599.
SEGUNDO: No hay condenatoria a costas dada la naturaleza del caso.
TERCERO: Déjese copia certificada de conformidad con.....