En atención a las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ZULAY BARRETO, ya identificada, contra la sentencia del Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 25 de Agosto del 2003. En consecuencia, se DECLARA CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por los ciudadanos MARIA AMPARO JUARA SANZ, EDUARDO GUEVARA JUARA Y ALEJANDRO GUEVARA JUARA, contra la ciudadana ZULAY BARRETO, ambos ya identificados, se condena a la parte demandada ciudadana ZULAY BARRETO, ya identificada, hacer entrega del inmueble constituido por una casa ubicada en este ciudad de Barquisimeto, en la calle 11 entre carreras 21 y 22, distinguida con el numero 21-42., totalmente desocupado libre de bienes y de personas. Así mismo se advierte a la .....