este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a LAWURENCE ABDIER GUEDEZ CORDERO UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de de su difunto padre, ciudadano: ANIBAL JOSE GUEDEZ.