esta Juzgadora observa que en fecha 29/11/2.022, se ordenó la citación por carteles del co-demandado GIOVANNI JOSE CORDERO HERNANDEZ, en su carácter de Director General de la firma mercantil A.G. CORDERO C.A., y por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente asunto se evidencia que en fecha 10 de noviembre de 2.022, (fs. 86 y vto) el co-demandado ALAN CORDERO HERNANDEZ, se dio por citado en su propio nombre y en nombre de la firma mercantil A.G. CORDERO C.A., facultad que tiene, según consta en Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 02 de diciembre de 2.015 (fs. 89 al 93), y siendo lo correcto, que se tuviera por intimada la parte demandada, este Tribunal en aras de mantener el orden en la presente causa, preservar y enaltecer el derecho a la defensa y proteger el derecho al debido proceso, los cuales se encuentran contenidos en nuestra Carta Magna, y consecuentemente a los fines de sanear el presente proceso ordena Reponer de conformidad con el artículo 206 del Có.....