este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente causa, de COBRO DE BOLIVARES, intentado por el ciudadano RAQUEL CAROLINA LAURICELLA GRATERON, contra el ciudadano LUIS BAPTISTA MORA. Así mismo, se ordena devolver los documentos originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del expediente.