este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente causa de Desalojo de Local Comercial, instaurada por la ciudadana Ramona Crispina Jiménez De Nunes en contra de la ciudadana Leoswaldo de Jesús Urbina Amaro, antes identificadas. Remítase oportunamente al archivo judicial para su guarda y custodia.