Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud de oferta real de pago y consecuente depósito interpuesta por los ciudadanos ARGELIA JUDITH GARCÍA Y ARCÁNGEL RAMÓN GARCÍA, en favor de los ciudadanos LAIDA MAGDALENA DE VARGAS y HENRY ALFREDO VARGAS AVILA, todos previamente identificados.