Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos ZULEIMA COROMOTO MARQUEZ SANCHEZ y RAFAEL ORANGEL SILVA RODRIGUEZ, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha: 05 de Agosto de 1998, bajo el No. 164, folio 165 fte, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Liquídese la comunidad de gananciales.