Es por las razones antes expuestas que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la representación judicial de la parte actora abogado ARCÁNGEL CORDERO SIERRA, plenamente identificado en autos, contra la sentencia dictada en fecha 28 de Abril del año 2003, por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, en consecuencia, SE DECLARA SIN LUGAR la presente demanda de indemnización de daños y perjuicios mediante el procedimiento especial de Tránsito, intentada por la firma mercantil CONSTRUCTORA LUCAR, C.A., contra el ciudadano ABRAHAM JOSE BARRAGAN, y contra la firma mercantil CORPORACION VENEZOLANA DE GARANTIAS C.V.G. C.A.
Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 28 de Abril del año 2003. Bájese el p.....