este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta;
2. INADMISIBLE la Pretensión Reivindicatoria, intentada por el ciudadano MORELLA DEL CARMEN OVIEDO GALLARDO actuando en nombre y representación del ciudadano JUAN JOSÉ OVIEDO, contra de SAHILIS COROMOTO PALENCIA JIMÉNEZ, previamente identificados.
En consecuencia queda ANULADO el fallo dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 10 de Agosto de 2009. Remítase con oficio al Tribunal de origen.