Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE, la Acción de Amparo constitucional, contra la sentencia dictada en fecha 28 de Marzo de 2011, en la causa signada con el Nº. KP02-V-2010-000752, interpuesta por la ciudadana GUILLERMINA URANGA, contra el JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA., todos identificados en autos. Una vez quede firme la presente decisión, se suspenderá la medida acordada en fecha 10/05/2011.