En virtud de lo antes expuesto este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de RENDICIÓN DE CUENTAS, presentada por la ciudadana EMILY HELINGS SOTO RAMOS, en su carácter de Presiente de la compañía anónima EMILYANA TOURS OESTE C.A., contra la ciudadana ANA PASTORA PERAZA VELAZQUEZ, todos up supra identificados