DECLARA: Primero: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la Sociedad Mercantil BETTY VIELMAN BIENES RAICES,C.A, inscrita en el Registro Mercantil del Estado Lara, en fecha 15 de febrero de 1996, bajo el nro. 48, tomo 148-A, representada por la ciudadana BETI MARIA VIELMAN ARAUJO, titular de la cédula de identidad N° 3.081.932, de este domicilio. Segundo: INADMISIBLE la presente demanda la Sociedad Mercantil BETTY VIELMAN BIENES RAICES,C.A, inscrita en el Registro Mercantil del Estado Lara, en fecha 15 de febrero de 1996, bajo el nro. 48, tomo 148-A, representada por la ciudadana BETI MARIA VIELMAN ARAUJO, titular de la cédula de identidad N° 3.081.932, de este domicilio contra los ciudadanos ANA YOLANDA TOVAR LESACA y JOSUE DE JESUS HIDALGO MATOS, venezolano, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.349.324 y 9.542.101, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial.....