DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: SIN LUGAR, la acción de Divorcio intentada con fundamento en las causales segunda y tercera del artículo 185 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, interpuesta por la ciudadana BOLIVIA SOLANNY VILLASMIL MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.512.949, de este domicilio contra el ciudadano MARIO MOISES PAPEL SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.401.735, de este domicilio. En consecuencia, queda firme el vínculo matrimonial que los une.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza declarativa-constitutiva de la presente acción, sustraída del régimen de las pretensiones de condena. .....