Este Tribunal NIEGA la homologación del convenimiento de fecha 10/03/2010 presentado ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara y que consta como notoriedad judicial en el cuaderno KH02-X-2010-31. Así se decide. en virtud del tiempo transcurrido y en garantía del debido proceso y derecho a la defensa de las partes esta juzgadora ordena la notificación de las partes, incluida la ciudadana ALIX COROMOTO SUAREZ, para que conozcan la decisión e interpongan los recursos que consideren pertinentes, de ser el caso; y una vez conste en autos las mismas se procederá a dictar sentencia definitiva en la presente causa de COBRO DE BOLÍVARES dentro de los ocho (08) días de despacho siguientes