Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la acción de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, intentada por el ciudadano JOSÉ DAVID BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.626.420, y de este domicilio, contra el ciudadano OSVALDO BIAGIONI GIANNASI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-211.803, y de este domicilio. En consecuencia una vez quede firme el presente fallo, ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, a los fines de que sea insertada en los libros de Registro Civil de nacimientos, en la partida Nº 618 del ciudadano JOSE DAVID, nacido en fecha 22 de Noviembre de 1986, y presentado en fecha 17 de Febrero del año 1987, la nota marginal como hijo del ciudadano OSVALDO BIAGIONI GIA.....