En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el derecho a cobrar honorarios judiciales por parte del abogado MARLON GAVIRONDA, contra la SOCIEDAD MERCANTIL MATADERO INDUSTRIAL LA FE C.A, ya identificados; SEGUNDO: una vez quede firme la presente decisión, el Tribunal procederá al nombramiento del Tribunal Retasador; TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión; CUARTO: notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de octubre del año dos .....