Este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 396, 397 y 398 del Código Civil, DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana NORELKIS JOSEFINA VALENZUELA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 26.608.198, se le designa TUTORA DEFINITIVA a su hermana, la ciudadana NAKARELYS ALTAGRACIA VALENZUELA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.003.614 y de este domicilio. Se designa como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos MARIA AUXILIADORA BARRIOS PEREZ, NACARIT PASTORA VALENZUELA BARRIOS, ANTONIO MARIA BARRIOS PEREZ y MARIELA YSABEL VALENZUELA VALENZUELA, de conformidad con lo establecido en el artículo 324 del Código Civil. Notifíquese a los designados a fin de que comparezcan por ante este Tribunal a manifestar su aceptación o excus.....