En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional contra el decreto cautelar dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 05 de agosto del año 2021, en el cuaderno separado N° KN01-X-2021-000004.
SEGUNDO: NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD del decreto cautelar dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 05 de agosto del año 2021, en el cuaderno separado N° KN01-X-2021-000004.
TERCERO: Líbrese oficio y remítase anexo copia certifica.....