DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA DE PREJUDICIALIDAD previstas en el artículo 346 ordinales 8° del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada ciudadano ARMANDO ROBERTO MARTÍNEZ ALVAREZ En el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO seguido por el ciudadano ALEXIS RAMÓN ARRAEZ LUCENA, todos identificados en autos.