Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE, la oposición a la Admisión de las pruebas, presentada por la parte actora, en la acción de ACCION REIVINDICATORIA interpuesta por la ciudadana MARIA DE LAS MERCEDES SA GONZALEZ, contra la ciudadana CARMEN ROSAURA SANTELIZ DE CHAN, todas antes identificadas. En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su apreciación definitiva.
Visto que las partes contendientes están a derecho, se obvia la notificación de las mismas.
ACLARATORIA:
éste Tribunal observa: Que se dicto Sentencia en fecha 09/05/2013 declarando Improcedente la oposición a las pruebas intentada por la ciudadana MARIA DE LAS MERCEDES SA GONZALEZ, antes identificada contra la ciudadana CARMEN ROSAURA SANTELIZ DE CHAM, antes identificada. Y en tal sentido este .....