-IV-
DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, incoada por la Ciudadana ROSANGELA CRISTINA SOSA CASTRO, en su condición de presidente de la Empresa "UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES", contra la ciudadana LUISA ROMAN DE CARRILLO, todos identificados previamente en el comienzo del cuerpo de la presente sentencia.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE. Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara con sede en Barquisimeto, a los Cinco (05) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Veintitrés (2023) Años 213° de la Independencia y 163° de la Federación. Sentenc.....