Decisiones del dia 30/07/2007
N° Expediente :
KP02-S-2005-17752
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: ROBINSON GERARDO ESCOBAR GARRIDO
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-10492
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: POR ELLO Y CONFORME AL ARTÍCULO 267 EN SU ENCABEZAMIENTO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 269 AMBOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. NOTIFÍQUESE A LA PARTE SOLICITANTE, RESPECTO A ELLO SE OBSERVA, QUE LA MISMA NO INDICO LA SEDE O DIRECCIÓN DE SU DOMICILIO, POR TANTO Y DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 174 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, SE ORDENA QUE LA NOTIFICACIÓN SE REALI
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-7049
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: COOPERATIVA LAS NUEVAS RAICES DE LARA S.R.L.
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2005-17551
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: NELSON FRANCISCO BRICEÑO
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2005-14862
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: NELIDA DEL CARMEN PERALTA DE RAMIREZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-2598
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: HAYDEE RAMONA SIVIRA QUERO
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (08) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-9008
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: ADRIANA ZULVEY ARANGUREN SANCHEZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-10000
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: GLAFILA DEL CARMEN MENDOZA
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-8895
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: MARINA AZUAJE MEJIAS
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-S-2004-10604
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: ANA MARIA CAMACHO Y LEONARDO JOSE HERNANDEZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (05) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito