Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el la presente Interdicto posesorio de AMPARO POR PERTURBACIÓN, intentada por los ciudadanos Víctor Ramón Páez y José Gregorio Páez, el primero de los prenombrados en su carácter de Presidente de la Firma Mercantil Auto Tapicería y Partes Falcón, C.A, contra la ciudadana Janeth Arelis Castro y el ciudadano José Francisco Femenias Ali, quien actúa en representación de la ciudadana Mercedes Ali Daza, todos identificados.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.