UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana RUTH ELIZABETH MEDINA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-3.878.097, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de la solicitante como: "ELIZABETH", y el nombre de su padre como: "REYES EMILIANO MEDINA".- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 742, folio 73fte, del año 1953. Queda firme en esta misma fecha.-