"UNICO": Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos LUZ MARINA GARCIA UMBRIA y JOSE MERCEDES LOPEZ PULIDO ya identificados, por ante el Registro Civil de la Parroquia Cuicas del Municipio Carache, Estado Trujillo, en fecha 20 de Diciembre de 1.981. De dicha unión matrimonial procrearon Un (01) hijo por nombre JUAN CARLOS. Ofíciese aL Registro Civil de la Parroquia Cuicas del Municipio Carache, Estado Trujillo y al Registro Principal del Estado Trujillo, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente al Acta de Matrimonio N° 35, Folio 50, durante el año 1981. La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.