Vista la solicitud formulada por la ciudadana CARMEN FRANCISCA BELISARIO MORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de cédula de identidad N° V-11.650.529, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos ciudadanos CARLOS FRANCISCO BELISARIO MORA, YABEL EDUARDO BELISARIO MORA y YANIRA ESTRELLA BELISARIO MORA, venezolanos, mayores de edad, de cédulas de identidad Nros. V- 11.650.528, V-12.280.999, V-16.794.437 respectivamente; con vista de las declaraciones de los testigos y de los documentos públicos acompañados, este Tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos antes mencionados, su condición de HEREDEROS del causante CARLOS FORTUNATO BELISARIO BELISARIO, quien falleció ab-intestato el Veinticoho (28) de Octubre de 2004, en esta ciudad. Devuélvanse originales con sus resultas