este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran el ciudadano EDGAR SEGUNDO PERDOMO COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.457.245, de este domicilio, y la ciudadana ZOILIR CARISBER RIVERO FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 12.021.678, de este domicilio, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Edo. Lara, en fecha 16 de agosto de 1994. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.