Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos SANDRO JOSE SANCHEZ FIGUEREDO YENNY y LOURDEZ SALDIVIA ya identificados, por ante el Prefecto del Municipio Simó Planas, Sarare. Estado Lara, en fecha 01 de Mayo de 1991. Ofíciese a la Prefectura y al Registrador Principal correspondiente. En cuanto a la separación de bienes el Tribunal no se pronuncia por no ser compatible la partición de bienes con el procedimiento de Divorcio 185-A. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los trece días del mes de Enero de dos mil cuatro. Años: 19.....