En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta ejercida por el abogado en ejercicio Euclides Sebastiani, apoderado de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PALAVECINO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 16 de Mayo de 2007, en consecuencia,
2. SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Palavecino de la circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 16 de Mayo de 2007 que declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente acción por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION EN LA ENTREGA DEL INMUEBLE ARRENDADO, instada por ante este Tribunal en fecha 16/02/07, por la ciudadana MARIA EMILIA BRIZUELA, Abogado en ejercicio, titular de la cédu.....