Vencido como se encuentra el lapso legal concedido a fin de que el demandado compareciera ante este despacho a pagar las cantidades de dinero indicadas en el libelo de demanda ó bien a formular su oposición sin que ello hubiere ocurrido, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y conforme a lo establecido en el artículo 651 del código de Procedimiento Civil, DECLARA FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, condenando a la demandada, ciudadana JENNY MARIANNY YAJURE DE RIERA a pagar las siguientes cantidades: A) La cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 252.630,oo), por concepto de Dos (02) Letras de Cambio. B) La suma de MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON QUINCE BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 1.263,15) por concepto de los intereses desde el 30-11-2009 hasta la presente fecha a razón de CIENTO CINCO BOLIVARES FUERTES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs. 105,26), mensuales mas los que se sigan venciendo hasta su tota.....