UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar el ACTA DE DEFUNCION de la madre de la solicitante antes identificada, en el sentido de que se asiente correctamente su nombre cual es "VIANY". En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCION MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en dicha Acta signada con el No. 186, folio 99 vto. Año 2004. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.-