Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el abogado JOSÉ JAIME GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 7.131, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora en contra del auto de fecha 20 de Septiembre de 2010, dictada por el JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. No hay condenatoria en costa por la naturaleza de la decisión. Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.