Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ciudadana NUVIS ASUNCIÓN CARRASCO, identificada en autos en contra del auto de fecha 19 de Diciembre de 2007, dictado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión aquí tomada.